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Vacaciones 2026: cuántos días te corresponden

La reforma de Vacaciones Dignas duplicó los días del primer año y cambió las reglas del juego. Aquí tienes la tabla actualizada por antigüedad, cuándo deben otorgártelas, por qué no pueden pagarse en dinero y cómo se calcula la parte proporcional cuando dejas el trabajo.

Por 8 min de lecturaActualizado: 14 de agosto de 2026

Consulta los supuestos, fuentes y correcciones de las calculadoras.

Las vacaciones son un derecho de toda persona trabajadora con más de un año de servicio, regulado por los Artículos 76 a 81 de la Ley Federal del Trabajo. En diciembre de 2022 se aprobó la reforma conocida como "Vacaciones Dignas", vigente desde el 1.º de enero de 2023, que prácticamente duplicó los días mínimos del primer año: pasaron de 6 a 12.

Con esa reforma México dejó de estar en el último lugar de la OCDE en días mínimos de descanso pagado. Sigue siendo un mínimo modesto en comparación internacional, pero el cambio fue el más importante en la materia en cinco décadas.

Tabla de días de vacaciones por antigüedad

Años de servicioDías de vacaciones
1 año12 días
2 años14 días
3 años16 días
4 años18 días
5 años20 días
6 a 10 años22 días
11 a 15 años24 días
16 a 20 años26 días
21 a 25 años28 días
26 a 30 años30 días
31 a 35 años32 días

La lógica de la tabla tiene dos tramos. Durante los primeros cinco años se suman 2 días por cada año. A partir del sexto, se suman 2 días por cada 5 años de antigüedad. La regla es la misma en 2026: la reforma no se actualiza por año, aplica de forma permanente.

Un detalle que causa confusión: la antigüedad se mide por aniversario de tu fecha de ingreso, no por año calendario. Si entraste el 15 de septiembre de 2024, tu segundo bloque de vacaciones (14 días) se genera el 15 de septiembre de 2026, no en enero.

Cómo crecen tus días de vacaciones con la antigüedad
1 año12 días

El piso de la reforma 2023. Antes eran 6 días.

2 años14 días

+2 días.

3 años16 días

+2 días.

4 años18 días

+2 días.

5 años20 días

Fin del tramo rápido: aquí termina el aumento anual.

6 a 1022 días

A partir de aquí el aumento es de 2 días cada 5 años.

11 a 1524 días

Y así sucesivamente.

La reforma de Vacaciones Dignas cambió el ritmo en dos etapas: hasta el quinto año sumas 2 días cada año, y a partir del sexto sumas 2 días cada cinco años. El salto grande está al principio.

Los 12 días continuos

Antes de la reforma era común que las empresas fraccionaran las vacaciones en pedazos de dos o tres días, lo que vaciaba de sentido el descanso. Ahora la ley garantiza que al menos 12 días se puedan disfrutar de forma continua si así lo decide la persona trabajadora. El resto sí puede repartirse en periodos, pero de común acuerdo.

¿Cuándo se toman?

Las vacaciones deben otorgarse dentro de los 6 meses siguientes a que se cumple el año de servicio (Art. 81 LFT). No es una sugerencia: la empresa tiene la obligación de programarlas dentro de ese plazo, y no puede posponerlas indefinidamente alegando carga de trabajo.

Además, el patrón debe entregarte una constancia con tu antigüedad y el periodo de vacaciones que te corresponde. Es un documento útil de conservar: si alguna vez hay discusión sobre cuántos días te deben, esa constancia es la prueba.

No pueden pagarse en dinero

El Artículo 79 de la LFT es explícito: las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Es decir, tu empresa no puede ofrecerte dinero a cambio de que no las tomes, ni tú puedes exigir que te las paguen para seguir trabajando. La razón es de salud: el descanso es el objetivo, no el pago.

La única excepción es cuando termina la relación laboral. Ahí sí, los días generados y no disfrutados se pagan en efectivo dentro del finiquito.

Vacaciones proporcionales en el finiquito

Si dejas el trabajo antes de cumplir el año, o sin haber tomado tus días, esos días se te pagan de forma proporcional al tiempo trabajado, junto con su prima vacacional. La fórmula:

Vacaciones proporcionales = Salario diario × Días que te tocan × (Días trabajados ÷ 365)

Ejemplo

  • Salario mensual: $18,000 → salario diario: $600.
  • Antigüedad al salir: 3 años y 7 meses → le corresponden 18 días (cuarto año en curso).
  • Días trabajados desde su último aniversario: 213.
  • Vacaciones proporcionales: $600 × 18 × (213 ÷ 365) = $6,301.64.
  • Prima vacacional del 25%: $6,301.64 × 0.25 = $1,575.41.
  • Total por este concepto: $7,877.05.

Ojo con un punto importante: si además tienes días de años anteriores que nunca disfrutaste, esos se pagan completos, no proporcionales, y se suman a la cifra de arriba. Revisa tu historial antes de firmar la baja.

La prima vacacional

Además de los días, tienes derecho a una prima vacacional de al menos el 25% sobre el salario que te corresponde durante esos días (Art. 80 LFT). Si tus vacaciones de un periodo suman $6,000 de salario, la prima vacacional mínima es de $1,500. Está exenta de ISR hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026) y lo detallamos en la guía de prima vacacional.

Vacaciones, días festivos y descansos: no son lo mismo

ConceptoQué esFundamento
VacacionesDías pagados de descanso anual, según antigüedad.Arts. 76-81 LFT
Día de descanso semanalAl menos un día de descanso con goce de sueldo por cada seis de trabajo.Art. 69 LFT
Descanso obligatorio (festivos)Fechas fijas de ley: 1 ene, 5 feb, 21 mar, 1 may, 16 sep, 20 nov, 25 dic, entre otras.Art. 74 LFT

Son derechos independientes y acumulables. Que un día festivo caiga dentro de tu periodo vacacional no significa que la empresa pueda descontarte ese día de tus vacaciones.

Si no te las otorgan

El derecho a reclamar vacaciones no disfrutadas prescribe en un año (Art. 516 LFT), contado desde que vence el plazo de seis meses para otorgarlas. Si tu empresa se niega a programarlas, deja constancia por escrito de tu solicitud y acude a la PROFEDET, que da asesoría y conciliación gratuitas.

Errores frecuentes

  • Pensar que las vacaciones se acumulan indefinidamente. Prescriben al año, aunque la empresa tenga la obligación de otorgarlas.
  • Olvidar la prima vacacional. No es opcional: es un 25% mínimo adicional.
  • Usar la tabla vieja (6 días el primer año). Desde 2023 son 12.
  • Contar la antigüedad por año calendario. Se cuenta por aniversario de ingreso.
  • Aceptar dinero a cambio de no tomarlas. Es ilegal salvo al terminar la relación laboral.

Nuestra calculadora de finiquito ya aplica la tabla de Vacaciones Dignas automáticamente según tus fechas de ingreso y baja, e incluye la prima vacacional proporcional en el desglose.

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Aviso: Esta guía tiene fines informativos y orientativos con base en la legislación mexicana vigente (LFT, LISR, LSS) y no constituye asesoría fiscal, contable ni legal. Las cifras finales pueden variar según tu situación particular, prestaciones, subsidios y las tablas publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Ante cualquier duda, consulta a un contador o abogado.